Me ha llegado una demanda por una deuda: ¿qué hago?
Lo peor que puedes hacer es no abrir el sobre. Te contamos qué es cada papel y qué plazos corren.
Recibir un papel del juzgado asusta. Pero un procedimiento por una deuda es algo bastante mecánico, con plazos claros, y lo importante es reaccionar dentro de esos plazos.
Lo más habitual: el procedimiento monitorio
Cuando un acreedor reclama una cantidad de dinero documentada, lo normal es que use el monitorio. El juzgado te requiere de pago y te da un plazo, normalmente veinte días hábiles, para hacer una de estas tres cosas.
- Pagar la cantidad reclamada.
- Oponerte por escrito, explicando por qué no debes esa cantidad o no en esos términos.
- No hacer nada, que es la peor opción.
Qué pasa si no contestas
Si dejas pasar el plazo sin oponerte, el juzgado puede dictar el despacho de ejecución. A partir de ahí llegan los embargos de nómina o de cuenta, y además se suman intereses y costas. Es decir: la deuda crece y pierdes la posibilidad de discutirla.
Motivos frecuentes de oposición
- La deuda ya está prescrita por el tiempo transcurrido.
- El importe incluye intereses desproporcionados o comisiones que se pueden discutir.
- El contrato tiene cláusulas abusivas que un juez puede anular.
- No eres el titular de esa deuda, o ya la pagaste y tienes justificante.
- La cantidad reclamada no coincide con lo que realmente debes.
Qué hacer las primeras 48 horas
- 1Abre el sobre y anota la fecha exacta de la notificación: desde ahí corre el plazo.
- 2Localiza el número de procedimiento y el juzgado.
- 3Reúne el contrato, los recibos y cualquier comunicación con el acreedor.
- 4Consulta con un abogado antes de que venza el plazo. Si no puedes pagarlo, pregunta por el turno de oficio y la justicia gratuita.
- 5No firmes ningún acuerdo de pago con el acreedor sin entender qué implica para tus defensas.
En Colegga puedes ordenar todas tus deudas y ver qué opciones tienes antes de que la cosa vaya a más.
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